La Ley de la Segunda Oportunidad

Puedo acompañarte en todo el proceso de tramitación de la Ley de la Segunda Oportunidad

¿Has oído hablar de la Ley de la Segunda Oportunidad o LSO? Es una ley que tiene como objetivo ayudar a aquellos autónomos y particulares que están ahogados por sus deudas y son incapaces de pagarlas.

Esta situación puede deberse a causas de lo más diversas: desde un negocio fallido con proveedores pendientes de cobrar, proyectos emprendedores que se vieron truncados a raíz de la COVID-19, encadenamiento reiterado de situaciones de paro, sobreendeudamiento bancario o adiciones al juego, entre otras muchas.

Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, particulares y autónomos que no pueden hacer frente a sus obligaciones financieras pueden renegociar sus deudas o cancelarlas de forma total o parcial, facilitando así un nuevo comienzo sin la carga de obligaciones impagables.

¿En qué consiste la Ley de la Segunda Oportunidad?

  • La Ley de Segunda Oportunidad tiene como objetivo permitir a particulares y autónomos que no pueden hacer frente a sus obligaciones financieras, renegociar sus deudas o cancelarlas de forma total o parcial, facilitando así un nuevo comienzo sin la carga de obligaciones impagables.
  • Es una ley que, una vez liquidado todo el patrimonio, permite exonerar al resto de pasivo insatisfecho. En el caso de los autónomos con trabajadores, en primera instancia permite buscar un acuerdo extrajudicial con los acreedores para pagar a plazos parte de la deuda de acuerdo con las posibilidades económicas reales del deudor.

¿Con qué requisitos es necesario cumplir para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad?

A pesar de que la Ley de la Segunda Oportunidad es una ley que está al alcance de todos, para poder acogerse a ella es necesario cumplir con algunos requisitos. Los más importantes son:

Si tienes dudas de si cumples o no con estos requisitos y te gustaría saberlo, te invito a contactar conmigo y hablamos de ello sin ningún tipo de compromiso.

¿Cuáles son los principales beneficios de acogerse a la LSO?

Las personas que se acojan a la Ley de la Segunda Oportunidad dejan de pagar cuotas de préstamos, vuelven a ser consideradas aptas para poder pedir financiación, dejan de tener la nómina embargada, desaparecen de los listados de morosos y pueden volver a tener bienes en propiedad sin que se vean afectados por las deudas. Todo esto comporta un cambio sustancial de gran calidad en su vida, dejando atrás los problemas económicos.

Estas son las preguntas más frecuentes que me trasladáis sobre la Ley de la Segunda Oportunidad

Una persona es insolvente cuando su situación personal y económica ha cambiado desde el momento en el que contrató lo que la endeuda y ahora no se puede hacer cargo de las obligaciones de pago. Existen diferentes tipos de insolvencia y es necesario determinar de cuál se trata, si actual o inminente.

Una persona que se encuentra en situación de insolvencia y es deudora de buena fe es aquella persona que ha pagado las deudas mientras podía, no ha falseado ningún tipo de documentación y no ha escondido ingresos, no ha tenido sanciones administrativas muy graves de Hacienda o de la Seguridad Social.

Sí, el importe total de las deudas no puede superar los 5 millones de euros.

Cada caso es un mundo pero aproximadamente puede durar unos 6 meses en los casos más sencillos y hasta 2 años en los casos más complejos. Si hay bienes a liquidar se tarda más y si existen deudas con Hacienda o la Seguridad Social también.

Con la LSO se pueden cancelar hasta 10.000 euros de deuda con cada una de estas administraciones. Para el resto, se pactará un plan de pago.

La solicitud se presentará directamente en el juzgado Mercantil de la provincia del deudor, una vez el Juez ha recibido la solicitud junto con toda la documentación estudiará el caso y se abrirá un procedimiento concursal simplificado; en este punto se valorará el nivel de ingresos y gastos del deudor, si tiene bienes embargables, posibilidad real de pago, esta fase durará entre 3 y 6 meses. Finalizada esta fase y siempre que se cumplan los requisitos, el juez puede conceder la exoneración del pasivo insatisfecho, es decir, la cancelación legal de todas las deudas no pagadas.

Hay dos opciones: EPI con liquidación de bienes, entregas lo que tienes y cancelas el restante, o bien conservar los bienes y aceptar pagar parte de la deuda no exonerada con cuotas mensuales durante 3–5 años. En caso de que no haya bienes el Juez declarará el concurso sin demasiado, es decir, sin activos (bienes). De esta forma, tus deudas se cancelarán sin que tengas que entregar ningún bien.

Formulario de contacto

Si tienes cualquier duda sobre qué pasará con tu casa si tramitas la LSO, si tienes dudas sobre cómo se pagará la deuda a las empresas a las que debes dinero o, simplemente, quieres que nos miremos con calma tu caso concreto, escríbeme!